De la Representación de los Alumnos
El alumno es el eje del proceso formativo y como tal debe participar activamente en su formación profesional integral, favoreciendo así el desarrollo de la personalidad, de los criterios, de la solidaridad, de la crítica constructiva, de las responsabilidades, del trabajo en grupo, además de la toma de decisiones para la solución de conflictos y problemas.
Artículo 33: De la Participación
En todos los Centros de Formación se debe asegurar y garantizar el continuo ejercicio de la participación de los alumnos cualquiera que sea su programa de formación.
El desarrollo de los hábitos de participación social y política en los alumnos como ciudadanos, debe encaminarse hacia la paz - artículo 22 de la Constitución Nacional-, los valores y hacia las actitudes de convivencia a nivel interno y expandidas hacia el entorno.
Artículo 34: De la Elección de los Voceros y de los Representantes
Al inicio de cada vigencia y dentro de los 30 primeros días del Calendario de Labores de los Centros:
Los alumnos matriculados en programas de formación de nuevo recurso humano, elegirán democráticamente un solo vocero por ocupación mediante asambleas integradas por alumnos de la misma.
De entre los voceros se elegirán los tres (3) únicos representantes de toda la Comunidad Estudiantil para el período lectivo anual. En la votación popular y en urnas, participarán todos los alumnos del Centro.
Los voceros y representantes de los alumnos lo son de sus Derechos y Deberes consignados en el Capítulo Tercero del presente Reglamento, protegiendo la aplicación de los primeros y facilitando el cumplimiento de los segundos, tanto de los trabajadores calificados, técnicos y tecnólogos como de los alumnos en cursos de actualización, con el fin de cualificar el ambiente educativo.
Parágrafo:
Los recursos necesarios para la elección de los voceros y representantes, básicamente son:
Tarjetones, urnas y planillas para la organización de la campaña electoral.
Canchas deportivas, aulas o salón múltiple.
Implementos existentes en el Centro necesarios para las diferentes formas de deliberación: VHS, Cartelera, Proyector, etc.
Las orientaciones al desarrollo del proceso de elección de los voceros y el apoyo a su ejecución estarán a cargo de los docentes Jefes de Grupo,; y el proceso de elección de los representantes será coordinado por los funcionarios encargados del bienestar al alumnado en el Centro (Trabajadora Social, Capellán, Psicólogo).
El jurado será elegido entre los mismos alumnos de los diferentes programas de formación y debe colaborar con el sufragio y verificación del escrutinio.
Artículo 35: Del Perfil de los Voceros y de los Representantes
Los aspirantes a ser elegidos voceros de los alumnos por cada ocupación, deben:
Haber cursado como mínimo el 30% del programa de formación.
Tener excelente comportamiento y rendimiento académico.
Tener cualidades de líder, para cumplir a cabalidad sus funciones.
Los aspirantes a ser elegidos representantes de toda la Comunidad Estudiantil, deben:
Haber cursado como mínimo el 40% del programa de formación.
Tener excelente comportamiento y rendimiento académico.
Tener cualidades de líder, para que presenten iniciativas innovadoras para el buen desarrollo de la vida estudiantil.
Artículo 36: De las Funciones de los Voceros y de los Representantes
Funciones de los voceros en cada Centro de Formación:
Darse su organización.
Promover en coordinación con los representantes el ejercicio de los derechos y deberes de los estudiantes consagrados en la Constitución Nacional y los establecidos en el presente Reglamento.
Asesorar a los representantes elegidos en el cumplimiento de sus funciones.
Conformar Comisiones de Trabajo - en las que participan los alumnos según expectativas- y presentarlas ante los alumnos, docentes y directivos del Centro. Estas Comisiones de Trabajo tendrán su programa y funciones específicas, y podrán ser:
Apoyo al proceso pedagógico.
Sensibilización para la conservación y mejoramiento del ambiente.
Participación y educación ciudadana.
Servicios especiales para atender necesidades básicas (cafetería, transporte, internado, servicio médico y odontológico, ornamentación y aseo del Centro).
Fomento de la creatividad y talento artístico.
Fomento de la integración y la confraternidad.
Las demás que se identifiquen según características locales.
Funciones de los representantes en cada Centro de Formación:
Darse su organización.
Promover en coordinación con los voceros la aplicación de los derechos y deberes.
Facilitar la resolución de diferencias o conflictos que llegasen a surgir entre la Comunidad Estudiantil.
Velar por el cumplimiento del Reglamento para Alumnos del SENA, en todas sus partes.
Ser canales de comunicación entre los diferentes estamentos: alumnos - docentes- directivos promoviendo relaciones cordiales para el buen funcionamiento del Centro.
Participar en el Comité de Evaluación y Seguimiento con voz y voto, y en aquellos que se creen o fortalezcan para el mejoramiento de los procesos académicos y de bienestar al alumnado.
Participar en el Comité de Formación Integral - que debe funcionar en cada Centro- en la toma de decisiones referentes a la (s):
Creación y fomento de actitudes de colaboración entre la Comunidad Educativa.
Estrategias pedagógicas innovadoras.
Desarrollo humano de los alumnos.
Ambientes educativos propicios para el proceso de formación profesional.
Participación de la totalidad de los alumnos en las Comisiones de Trabajo.
Presentación, aseo, ornato de los sitios de trabajo, estudio y recreación.
Apoyo a los voceros en sus Comisiones de Trabajo.
Las demás que le sean complementarias o afines y que contribuyan al progreso del Centro de Formación y mejoramiento continuo de la calidad de formación que allí se ofrece.
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