Este capítulo desarrolla la parte normativa que regula las interrelaciones de los miembros que conforman la comunidad educativa en un Centro de Formación. Contiene:
· Procedimientos jurídicos y administrativos.
· Mecanismos que reglamentan los derechos y deberes.
Campo de Aplicación
El presente Manual rige para todos los alumnos que participan en los programas de formación que se desarrollan en los Centros de Formación del SENA, y en su área de influencia.
Cada centro de formación, de acuerdo con sus condiciones y necesidades propias, podrá establecer la normatividad específica interna que complemente, mas no modifique, lo establecido en el presente manual para su administración y funcionamiento.
Procesos de Administración Educativa
1. Ingreso
Toda persona, para participar en programas de formación del SENA, debe:
- Inscribirse en las fechas establecidas y cumplir con los requisitos exigidos para el programa de formación en el cual desea participar.
- Participar y superar el proceso de selección o clasificación que tenga establecida la Entidad.
2. Matrícula
Los alumnos, seleccionados o clasificados, oficializarán su ingreso a la Entidad a través de la matrícula para iniciar su proceso de formación profesional. Para ello es necesario presentar y cumplir con los requisitos establecidos por el SENA, al respecto.
La matrícula es un compromiso bilateral entre el SENA y el alumno, mediante el cual celebran por este acto un contrato de naturaleza civil, donde el alumno adquiere derechos y deberes y se compromete a cumplir con lo estipulado en el Manual de Convivencia.
Si bien es cierto que la educación es un derecho fundamental de la persona también exige de ella el cumplimiento de determinadas obligaciones.
En el desarrollo de los programas de formación se aceptarán únicamente los alumnos matriculados en ellas.
3. Proceso Enseñanza - Aprendizaje
Durante el proceso de formación es necesario tener en cuenta que el alumno, con la orientación del instructor, establece la concertación del plan de formación, en cuanto a: La forma de cómo alcanzar los objetivos, tipo de contenidos, métodos, medios. Igualmente, criterios y mecanismos de evaluación.
4 Evaluación y Seguimiento
Evaluación es un proceso permanente y continuo, mediante el cual el alumno y el docente identifican la correspondencia entre los objetivos establecidos para un programa de formación y los avances logrados, con el propósito de verificar la calidad de los resultados, realizar los ajustes necesarios para el adecuado desarrollo del proceso enseñanza - aprendizaje, y tomar decisiones sobre el avance o la certificación del alumno.
La evaluación está referida a criterios donde se emite un juicio sobre las características y la calidad del desempeño del alumno respecto al logro o no de los objetivos.
El alumno es evaluado de acuerdo con las normas consignadas en el Manual de Evaluación de alumnos, vigente en el SENA.
5 Certificación
Al terminar y aprobar el programa de formación, en el cual se matriculó y según lo dispuesto en el Manual de Normas y Procedimientos para el Registro y la Certificación de Acciones y Usuarios de la Formación Profesional, vigente en el SENA, se recibe la certificación correspondiente por parte de la Oficina de Registro y Certificación.
Los duplicados y las constancias que necesite el alumno, los cancelará de acuerdo a las normas y procedimientos establecidos por el SENA.
6. Alumnos en Etapa Productiva o Pasantía
Se considera etapa productiva o pasantía la continuación de la formación profesional integral que se realiza en la empresa; su objetivo es el metódico y completo desarrollo de habilidades, destrezas y actitudes, asimiladas a través de la etapa lectiva.
Durante la etapa productiva o pasantía el alumno se ciñe a las disposiciones del Código Sustantivo de Trabajo y del Reglamento Interno de la Empresa.
Por lo tanto, uno de los primeros deberes, al ingresar a su trabajo, es informarse sobre dichas disposiciones.
Durante la etapa productiva es obligatoria, para el alumno, la asistencia a las reuniones que programe el Centro de Formación donde realizó la etapa lectiva. La no-asistencia a estas reuniones debe ser justificada por el Jefe inmediato de la empresa respectiva.
El alumno debe abstenerse de tomar determinaciones unilaterales sobre cambio o terminación del contrato de aprendizaje. Esta decisión debe ser concertada con la empresa patrocinadora y el promotor de contratación de aprendices del SENA.
Son causales de cambio de patrocinador:
· La desubicación, comprobada por el SENA, sobre la práctica en la especialidad en la cual se está formando el alumno.
· La cancelación del contrato de aprendizaje sin causa justa, por parte de la empresa.
· Atentar contra la dignidad y honra del alumno, previa comprobación del hecho por parte del SENA.
6. Derechos y Deberes
Derechos
E1 comportamiento general del alumno debe basarse en el ejercicio de la responsabilidad que le compete como persona y como miembro de una comunidad. El alumno debe comprender que a cada derecho corresponde un deber; derechos y deberes son correlativos. e inseparables.
Los alumnos son los protagonistas de su propia formación; participan, gradual y responsablemente, en el desarrollo y crecimiento de la comunidad educativa.
Los alumnos tienen todos los derechos que les son debidos como seres humanos, y que están contemplados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Constitución Política de Colombia de 1991 y, en especial, tienen los siguientes derechos:
6.1. Recibir formación Integral de acuerdo con los principios generales de la educación colombiana, con la misión y objetivos del SENA, y con los programas de formación establecidos.
6.2. Al iniciar el programa de formación recibir, en general, suficiente información e inducción al SENA, al respectivo Centro, a la proyección socioeconómica de la especialidad, y al Manual de Convivencia de los Centros.
6.3. Disponer de los elementos (equipos, herramientas y materiales de formación) requeridos para su aprendizaje. Utilizar las dotaciones e instalaciones del Centro de acuerdo con el reglamento y horarios establecidos
Asimismo, disponer de los servicios de apoyo y de bienestar, indispensables para el logro de los objetivos de su formación.
6.4. Recibir orientación académica y de comportamiento, que estimule su desarrollo personal y promueva la convivencia social durante el proceso de formación. Esta asesoría está a cargo de los funcionarios del Centro.
6.5. Ser evaluados integralmente y conocer los resultados parciales y finales de toda prueba o trabajo, dentro de los ocho días hábiles siguientes.
6.6. Ser escuchados y atendidos en sus planteamientos, y así contribuir a mejorar las relaciones interpersonales, o ejecutar descargos en las situaciones a que haya lugar.
6.7. Presentar comedidamente, en forma verbal o escrita: sugerencias, iniciativas y peticiones tendientes a su bienestar y al de la Institución, así como las reclamaciones frente a situaciones que, a su buen juicio, lesionen sus derechos.
Para estas intervenciones debe acudirse a las siguientes instancias, en su orden: Instructor. Supervisión. de Centro, Comité de Evaluación y Seguimiento, Jefe de Centro, Subdirector del área respectiva de la Regional y en ultima instancia, al Director Regional.
6.8. Recibir información sobre actividades culturales, deportivas. recreativas y sociales, organizadas por la Institución durante el desarrollo del proceso de formación, y participar en ellas.
6.9. Tener acceso a los servicios de medicina, odontología. transporte. Internado, salud ocupacional, y otros que contribuyan a su bienestar. La cobertura de estos servicios será definida por cada Centro.
6.10. Recibir estímulos por sus capacidades, habilidades individuales, espíritu de investigación. Actuaciones sobresalientes en actividades académicas, culturales, deportivas, recreativas y sociales que sean organizadas por la Institución.
6.11. Recibir informes, certificados o constancias solicitadas sobre su rendimiento académico, comportamiento y asistencia. De acuerdo con las normas establecidas. Hacer los reclamos pertinentes cuando no sea atendido en las solicitudes de certificaciones.
6.12. Tener la opción de recibir su certificación CAP y Diplomas en un acto de graduación grupal.
7. Deberes
El deber es un vínculo moral, social Y legal, que induce a la persona a cumplir con responsabilidad todos sus actos y acatar las normas que propician la armonía y el bienestar común.
7.1. Comprometerse con la misión y los objetivos de la Entidad, intervenir individual y comunitariamente en el proceso formativo según su capacidad, asumiendo derechos y deberes.
7.2. Cumplir con el presente Manual de Convivencia y el específico de cada Centro.
7.3. Asumir su formación y superación personal participando activamente en el proceso de enseñanza - aprendizaje.
7.4. Asistir puntualmente y permanecer durante el tiempo que dure la formación, en actividades académicas y extra - académicas, programadas por el Centro. Asumir con interés y decisión las responsabilidades que le sean asignadas, o que se consideren necesarias para el bien propio y el de la comunidad.
7.5. Participar en las actividades del proceso de formación con espíritu de compañerismo, cooperación y servicio. Cumplir, además, las comisiones, turnos y trabajos asignados.
7.6. Conservar el orden, el aseo y buen estado de los talleres aulas, zonas comunes, muebles, equipos, herramientas, y todos los elementos y dependencias de la entidad para el beneficio y bienestar de los alumnos. Cualquier daño ocasionado por negligencia comprobada, el alumno deberá pagar el valor estipulado en las normas vigentes de la Institución.
Responder por el orden y mantenimiento preventivo de su puesto de trabajo o taller, según la organización y las normas establecidas en cada Centro.
7.8. Observar, en todo lugar y en todos los actos, las normas de buena educación y disciplina, acordes con los principios de civilidad y comportamiento social.
7.9. Cumplir y velar porque se acaten las normas de seguridad industrial, conservación de los recursos naturales, higiene y salud ocupacional, necesarias para el normal cumplimiento de sus actividades.
7.10. Utilizar ropa de trabajo y uniformes apropiados para el desarrollo de cada especialidad o actividad programadas por el Centro. Mantener, igualmente, una presentación personal adecuada.
7.11. Representar dignamente a la Institución en cualquier evento, nacional o internacional.
7.12. Portar permanentemente el carné que lo identifica como alumno SENA. Este le permite utilizar los servicios de biblioteca, cafetería, salones y campos deportivos, transporte, Internado, salud y demás servicios que le preste la Institución.
Es obligación conservar el carné en buen estado, portarlo en un lugar visible, presentarlo cuando le sea solicitado por cualquier funcionario del Centro, y devolverlo a la Supervisión del Centro una vez finalice la acción de formación y le sea entregado el certificado correspondiente, o se retire de la Entidad.
En caso de pérdida del carné el alumno debe formular la denuncia correspondiente, tramitar el duplicado, y cancelar en Tesorería el valor respectivo
7.13. Participar en las actividades culturales, sociales, deportivas, recreativas y ecológicas que se programen en el Centro.
La participación de los alumnos en estas actividades se efectuará racionalmente, sin perjuicio de la formación.
7.14. Informar a los docentes y directivos sobre cualquier irregularidad que comprometa el buen nombre y marcha del Centro.
7.15. Suscribir una póliza que cubra los riesgos de accidente y enfermedad, cuando el Centro lo solicite.
7.16. Comunicar las enfermedades o anomalías que padece cuando se deban tener precauciones especiales, o éstas impidan vivir en comunidad.
7.17. Ser solidarios en calamidades o desastres que puedan ocurrir durante el desarrollo del proceso de formación.
7.18. Si el Centro lo requiere, comunicar a sus padres o acudientes, a la mayor brevedad, la citación que se le haga.
8. Estímulos
Los estímulos son refuerzos formativos para mantener y optimizar el comportamiento positivo del alumno. Estímulos que se darán como reconocimiento especial por su buen rendimiento académico, y comportamiento dentro de la comunidad.
Los alumnos pueden recibir reconocimientos especiales, tales como:
8.1. Ser designado para participar en olimpiadas tecnológicas de instituciones de Formación Profesional a nivel nacional y latinoamericano.
8.2. Ser elegido como representante del curso o monitor.
8.3. Destacar su desempeño sobresaliente en reuniones generales.
8.4. En forma escrita, con copia a la hoja de vida ya la empresa.
8.5. Recibir premios especiales por participación destacada en eventos deportivos y culturales, nacionales e internacionales.
9. Régimen Disciplinario
Entiéndese por disciplina el conjunto de normas que regulan el comportamiento de los individuos dentro de la comunidad educativa de un Centro de Formación. Las actuaciones de los alumnos que atenten contra la integridad física o moral de los integrantes de la comunidad educativa, como también contra los bienes y enseres, se consideran faltas disciplinarias.
Se califica también como falta disciplinaria toda acción del alumno que contravenga lo estipulado en el presente Manual de Convivencia y demás normas vigentes en el SENA.
Las faltas se clasifican en graves y leves. Las graves acarrearán sanciones, ya las leves se les aplicarán medidas formativas.
9.1 Faltas Graves
9.1.1. El Porte o uso de cualquier clase de armas.
9.1.2. Traer, comercializar o ingerir, dentro de la Institución o en los sitios donde se desarrolle la formación profesional, alucinógenos, estupefacientes, estimulantes, licores. Asimismo, presentarse en estado que indique alteraciones provocadas por su uso.
9.1.3. Ingresar o salir de cualquier instalación del Centro por sitios diferentes a la portería, saltando muros, cercas, o violentando puertas, ventanas o cerraduras
9.1.4. Utilizar el nombre del SENA para actividades particulares, sin aprobación de la Entidad
9.1.5. Hurtar, estafar o abusar de la confianza, o ser cómplice de los mismos delitos contra los integrantes de la comunidad educativa dentro de las instalaciones de la Institución
9.1.6. Realizar cualquier tipo de fraude en evaluaciones, actividades académicas, técnicas, o en donde se configure contravención de otras normas.
9.1.7. Ser responsable de adulteración, sustracción o falsificación de documentos oficiales, calificaciones, evaluaciones y firmas.
9.1.8. Amenazar, amedrentar, sobornar, coaccionar, agredir verbal o física- mente a alumnos y funcionarios del SENA, o a quienes presten servicios a la entidad.
9.1.9. Destruir intencionalmente los elementos de trabajo del Centro, o las instalaciones donde se desarrollen los programas de formación.
9.1.10. Incumplir sanciones o medidas formativas.
9.1.11. Renunciar a la empresa sin la debida autorización del SENA, cuando medie un contrato de aprendizaje.
9.1.12. Vender o intercambiar los vales adquiridos por concepto de alimentación.
9.1.13. La contravención reiterada y sistemática al Manual de Convivencia.
9.1.14. Y las demás que controviertan las normas establecidas en los manuales vigentes, que orientan el proceso de formación profesional integral.
9.1.15. Conducto Regular y Tipo de Sanción para las faltas graves
Al Comité de Evaluación y Seguimiento le corresponde analizar, evaluar las faltas graves y recomendar al Jefe de Centro o Seccional el tipo de sanción que debe aplicarse (condicionamiento o cancelación de matrícula.
El Jefe de Centro o Seccional adopta la recomendación e informa al alumno, jefe de instructores, oficina de Registro y Certificación, empresa patrocinadora, o al ente administrador de becas, mediante comunicación.
Los procedimientos y mecanismos para el análisis, evaluación y recomendaciones por parte del Comité, están establecidas en el Manual de Evaluación de Alumnos, vigente en la Institución.
9.2. Faltas leves
9.2.1. Impedir el desarrollo normal de las labores de la Institución fomentando o secundando la indisciplina en talleres, sitios de práctica, aulas, pasillos, escaleras, cafeterías, bibliotecas, buses. En consecuencia, se evitará correr, gritar, jugar o hacer uso de aparatos de radio o similares en estos sitios.
9.2.2. Practicar o propiciar cualquier tipo de juego de azar; realizar transacciones en dinero o en especie con funcionarios SENA o alumnos de la Formación Profesional Integral.
9.2.3. Retirar y usar, dentro y fuera del Centro, sin la debida autorización, elementos de propiedad del SENA o de la Institución donde se desarrolle la formación, (equipos, herramientas, material didáctico, elementos deportivos y de comedor, maquinarias y semovientes.
9.2.4. Fumar en las aulas, talleres y demás áreas restringidas, cuando al hacerlo atente contra la salud de los integrantes de la comunidad educativa y la seguridad y bienes de la Institución.
9.2.5. Propagar o leer, dentro de la Institución, revistas o folletos que atenten contra las sanas costumbres, o que perturben el normal desarrollo de las acciones de formación
9.2.6. Escribir pasquines, dibujar sobre pupitres, mesas, ventanas, muros, paredes; pegar avisos, carteles, pancartas o análogos en sitios no autorizados.
En el caso de que las faltas consideradas leves, se tornen repetitivas (tres veces durante el desarrollo de la acción de formación), adquieren carácter de falta grave, y se procederá conforme a lo establecido en el numeral 9.1.
El Comité de Evaluación y Seguimiento podrá identificar otro tipo de faltas y, en consenso con sus integrantes, aplicará las medidas formativas, o sanciones correspondientes
9.2.7. Conducto Regular y tipo de medida formativa para las faltas leves.
Al instructor o Jefe de Grupo y/o el Supervisor del área, les Corresponde analizar e tipo de medida formativa, dependiendo de la falta, y designar al funcionario para su aplicación.
9.2.8.Medidas formativas:
· Llamado de atención verbal, en privado.
· Llamado de atención por escrito.
· Asignación de trabajos extras, relacionados con la formación.
· Citación con la Trabajadora Social.
· Citación con el Capellán.
El tipo de medidas formativas no implica que se deban realizar en estricto orden, ni agotar todas las relacionadas. Queda a criterio del Jefe de Grupo y/o Supervisor del Centro utilizar una o varias de estas medidas, según lo amerite la falta.
10.Asistencia
La participación en las actividades educativas es necesaria para el éxito de la formación. Los alumnos se ceñirán a las siguientes disposiciones:
10.1. Asistir a todas las actividades académicas y extra - académicas que sean programadas.
Durante los tiempos de cese de actividades en el Centro, el alumno cumplirá su jornada en la empresa asignada para su etapa productiva, o pasantía.
En la etapa lectiva el alumno cumplirá el horario establecido por el Centro. En los períodos de Junio y Diciembre, cuando se suspenden las actividades de formación profesional, el alumno patrocinado se presentará inmediatamente a la empresa, para desempeñar las funciones que ésta le asigne dé acuerdo con su especialidad.
La no-presentación en la empresa le acarreará la sanción prevista por el Reglamento de Trabajo de la empresa y del Código Sustantivo de Trabajo
10.2. Al faltar un alumno a las sesiones de trabajo durante dos (2) días consecutivos sin comunicarlo al Centro, el Instructor informará de inmediato a la Supervisión y al Trabajador Social.
10.3. Cuando el alumno falte en forma injustificada durante tres (3) días continuos al Centro o a la Empresa patrocinadora, se considerará abandono al programa de formación y al puesto de trabajo.
10.4. La inasistencia del alumno será causal de la cancelación, así:
· Ausencias sin justificar, equivalentes a1 0% del total de la duración de la acción de formación (materia bloque modular.
· Ausencias Justificadas, equivalentes a1 15% del total de la duración de la acción de formación.
10.5. Si el alumno tiene tres (3) retardos continuos injustificados, al programa de formación, el instructor informará a la Supervisión del Centro para que tome las medidas formativas correspondientes.
10.6. Si existe motivo justificado para retardarse o ausentarse de una sesión de formación, el alumno deberá informar al instructor respectivo. Si la ausencia cubre más de una sesión de formación, obtendrá el permiso del Supervisor del Centro.
10.7. Cuando el alumno no pueda asistir a una sesión de formación, por fuerza mayor justificada, debe avisar a la Supervisión de Centro.
Para la aplicación de medidas concernientes a la asistencia de los alumnos el Centro seguirá los procedimientos establecidos en las normas vigentes de la SENA.
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